Verifactu vs factura electrónica.
Son dos obligaciones distintas, con dos calendarios distintos, y se mezclan continuamente. Aquí está la diferencia en claro y qué te toca hacer en cada caso.
01 · TL;DR
No son lo mismo y no compiten: son dos obligaciones distintas que se van a solapar. Verifactu (Real Decreto 1007/2023) regula cómo tiene que comportarse tu programa de facturación: registros inalterables, encadenados y con QR. La factura electrónica B2B obligatoria (Ley Crea y Crece, desarrollada por el Real Decreto 238/2026) regula el formato y el canal por el que envías la factura a otra empresa: nada de PDF por correo, sino un fichero estructurado que viaja por plataformas interoperables. Calendarios distintos: Verifactu llega en 2027, la factura electrónica B2B en 2027 y 2028. Un buen software resuelve las dos sin que tú tengas que pensar en ellas.
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02 · Por qué todo el mundo las confunde
Porque las dos hablan de facturas, las dos son obligatorias, las dos vienen con fechas que se han movido varias veces y las dos las vende el mismo tipo de proveedor con el mismo email de urgencia. Pero nacen de sitios diferentes y persiguen cosas diferentes.
- Verifactu es una norma antifraude. Nace de la Ley 11/2021 y su objetivo es que no puedas borrar ni maquillar una venta. Le importa lo que ocurre dentro de tu programa.
- La factura electrónica B2B es una norma contra la morosidad y a favor de la digitalización. Nace de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y su objetivo es que las facturas entre empresas viajen en un formato que las máquinas entiendan, y que se sepa cuándo se han pagado. Le importa lo que ocurre entre tu empresa y tu cliente.
Dicho de otro modo: Verifactu vigila el emisor, la factura electrónica vigila el trayecto.
03 · Las diferencias, una al lado de la otra
| Verifactu | Factura electrónica B2B | |
|---|---|---|
| Norma | RD 1007/2023 (ley antifraude) | Ley 18/2022 y RD 238/2026 |
| Qué regula | El programa que emite la factura | El formato y el envío de la factura |
| A quién afecta | Quien factura con software, salvo SII y forales | Operaciones entre empresas y profesionales |
| Formato | Tu factura de siempre, más QR y registro interno | Fichero estructurado, adiós al PDF suelto |
| Destinatario del dato | La AEAT (si eliges enviar) | Tu cliente, y la solución pública de facturación |
| Novedad rara | Cadena de registros inalterable | Obligación de comunicar el estado de pago |
04 · Dos calendarios que no coinciden
Esta es la parte que conviene tener clara, porque marca en qué orden hay que preocuparse.
Verifactu, tras el aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. Todo 2026 es adaptación voluntaria. Lo desarrollamos en la guía de cuándo entra en vigor Verifactu.
Factura electrónica B2B, según el RD 238/2026 y la orden ministerial que lo desarrolla: la orden entra en vigor el 1 de octubre de 2026 y desde ahí corren los plazos. Doce meses después, es decir el 1 de octubre de 2027, quedan obligadas las empresas con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros. Veinticuatro meses después, el 1 de octubre de 2028, el resto de empresarios y profesionales. La comunicación de estados de pago tiene su propia cola escalonada, que para las personas físicas más pequeñas se extiende hasta 2029.
Traducción para una pyme normal: tu primer vencimiento real es Verifactu en 2027, y la factura electrónica te llega un año después. Fechas comprobadas a 31 de agosto de 2026; este calendario ha cambiado varias veces, así que si lees esto mucho más tarde, confírmalo.
05 · La buena noticia: se resuelven juntas
Aunque son normas distintas, el punto de contacto es el mismo: el programa con el que facturas. Si ese programa es moderno y su fabricante se toma en serio el mercado español, las dos cosas te llegarán como una actualización, no como un proyecto.
Lo que sí es tuyo y no lo resuelve ningún proveedor:
- Dejar de facturar fuera del sistema. La factura en Word "solo para este cliente" rompe las dos normativas a la vez. Si la haces aparte porque el programa es incómodo, el problema es de plantillas y configuración, y se arregla en una tarde.
- Tener los datos fiscales de tus clientes limpios. Un fichero estructurado no perdona un NIF mal escrito ni una razón social aproximada. Hoy el humano al otro lado lo interpreta; en 2028 lo rechaza una máquina.
- Preparar la entrada de facturas, no solo la salida. Cuando tus proveedores empiecen a enviarte facturas estructuradas, se acaba la excusa para teclearlas a mano. Ese es el momento de ganar horas de verdad.
06 · Qué hacer ahora
- Si ya tienes un ERP en la nube actualizado: pregunta a tu proveedor por escrito qué versión cubre Verifactu y qué plan tiene para el formato B2B. Una respuesta vaga es información valiosa.
- Si facturas con Excel, Word o un programa de escritorio de hace diez años: tu proyecto no es cumplir dos normativas, es cambiar de herramienta. Hazlo en 2026, con calma y precios normales. Repasamos alternativas económicas en Verifactu gratis y comparamos opciones en programas adaptados a Verifactu.
- Si vas a cambiar de sistema igualmente: aprovecha para automatizar lo que rodea a la factura. Recepción, contabilización, conciliación y reclamación de impagos son procesos que se montan una vez y trabajan solos. Lo contamos en automatización de procesos con IA.
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07 · Preguntas frecuentes
¿Si cumplo Verifactu ya cumplo la factura electrónica obligatoria?
No. Verifactu asegura que tu programa genera registros inalterables con QR, pero no dice nada sobre el formato en que envías la factura a tu cliente. Son requisitos acumulativos: en 2028 la mayoría de empresas tendrá que cumplir los dos a la vez.
¿Un PDF firmado enviado por correo cuenta como factura electrónica?
No en el sentido de la Ley Crea y Crece. La norma pide un fichero estructurado que las máquinas puedan procesar y que viaje por plataformas interoperables o por la solución pública de facturación. Un PDF, aunque esté firmado, sigue siendo una imagen de una factura.
¿Qué fecha me aplica a mí?
Para Verifactu: 1 de enero de 2027 si eres sociedad, 1 de julio de 2027 si eres autónomo. Para la factura electrónica B2B: 1 de octubre de 2027 si facturas más de 8 millones de euros, y 1 de octubre de 2028 en el resto de casos.
¿Afecta a las facturas a particulares?
La factura electrónica obligatoria de Crea y Crece regula operaciones entre empresarios y profesionales, no las ventas a consumidor final. Verifactu, en cambio, alcanza a toda factura que emitas con software, también las de particulares.
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