§ Verifactu31 · octubre · 20266 min lectura

Sanciones de Verifactu: quién paga, cuánto y cuándo.

Las multas de Verifactu existen desde 2021 y son fijas: no dependen del tamaño de tu empresa. Aquí tienes lo que dice la ley, a quién afecta cada multa y qué hacer para no tener que preocuparte.

Raúl Yuste
Raúl Yuste
Ingeniero de procesos (URV) · Fundador de FlowProp · Persona asesora acreditada por ACCIÓ · Partner oficial de Holded

01 · TL;DR

Las sanciones de Verifactu están en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, que añadió la Ley 11/2021 antifraude. Hay dos multas que importan. La de quien fabrica o vende un programa de facturación que no cumple: 150.000 € por cada ejercicio con ventas y por cada tipo de programa, más 1.000 € por cada copia vendida sin certificar. Y la de quien lo usa: 50.000 € por cada ejercicio si tienes un programa que no cumple, no está certificado cuando debería o ha sido alterado. Son multas fijas, no máximos, y la infracción se califica como grave. Se aplican desde que la obligación te alcanza: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos (RD-ley 15/2025); en 2026 es voluntario. La forma de no tener problemas es sencilla: usar un programa con declaración responsable del fabricante y no tocar lo que ya está emitido. Datos a octubre de 2026, contrastados con el texto de la ley.

02 · Qué dice la ley

La base es el artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria. Obliga a que los programas de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Dicho en corto: que lo que facturas no se pueda borrar ni maquillar después sin dejar rastro. El Real Decreto 1007/2023 desarrolla esa obligación y la Orden HAC/1177/2024 pone las especificaciones técnicas.

El artículo 201 bis es el que convierte el incumplimiento en infracción. Lleva en vigor desde octubre de 2021, pero no se puede aplicar a nadie hasta que la obligación de usar sistemas adaptados le sea exigible. Por eso hoy nadie está siendo multado por Verifactu, y por eso conviene llegar a 2027 con los deberes hechos.

Si necesitas el contexto completo de qué es Verifactu y a quién afecta, empieza por qué es Verifactu y cuándo entra en vigor.

03 · Cuánto: las cuantías, una a una

QuiénConductaMulta
Fabricante o vendedorProducir o vender programas que permitan llevar contabilidades paralelas, ocultar o alterar ventas, o que no cumplan las especificaciones150.000 € por ejercicio con ventas y por tipo de programa
Fabricante o vendedorVender programas sin la certificación exigida1.000 € por cada programa vendido sin certificado
Empresa o autónomo que lo usaTener un programa que no cumple, que no está certificado cuando debe estarlo o que ha sido alterado50.000 € por cada ejercicio

Tres matices que se suelen leer mal:

  • Son multas fijas. No hay una horquilla que Hacienda gradúe según el tamaño de la empresa. Una sociedad de dos personas y una de doscientas se enfrentan a la misma cifra.
  • Van por ejercicio. Si un programa no conforme se usa durante 2027 y 2028, son dos ejercicios.
  • Son independientes de la cuota. La multa por el programa no tapa lo que pase con el IVA o el impuesto sobre sociedades. Si el programa sirvió para ocultar ventas, la regularización y su sanción van aparte.

04 · Quién paga: fabricante, usuario o los dos

La ley reparte la responsabilidad. El fabricante responde de que su programa cumpla y lo acredita con una declaración responsable, un documento que tiene que estar visible y accesible en el propio programa o en su web. El usuario responde de lo que tiene instalado y de cómo lo usa.

En la práctica, el riesgo del usuario se concentra en tres situaciones:

  1. Seguir con un programa que el fabricante no ha adaptado. Versiones antiguas de escritorio sin actualizar, programas abandonados o herramientas de nicho cuyo fabricante no ha publicado declaración responsable.
  2. Alterar el programa. Scripts que borran facturas, accesos directos a la base de datos para «corregir» numeraciones o integraciones que modifican registros ya emitidos. Aquí da igual que el programa original estuviera certificado: si se ha manipulado, la multa es para quien lo tiene.
  3. Software propio. Si tu empresa ha desarrollado su propio programa de facturación, ante la norma también eres el productor. Te toca a ti cumplir las especificaciones y emitir la declaración responsable.

¿Y si facturas con Word o con una hoja de cálculo? La AEAT ha indicado en sus preguntas frecuentes que un procesador de texto o una hoja de cálculo usados como tales no se consideran sistema de facturación. Pero si la hoja tiene macros que numeran, calculan y guardan facturas, la frontera se difumina. Si estás en ese caso, lo sensato es pasarte a un programa adaptado antes de 2027; tienes opciones de coste cero o casi en Verifactu gratis y en programas de facturación para autónomos.

05 · Cuándo se pueden poner

QuiénObligado desdeRiesgo de sanción
Todos, en 2026VoluntarioNo aplica al usuario por este motivo
Sociedades1 de enero de 2027Desde esa fecha, por cada ejercicio
Autónomos y resto1 de julio de 2027Desde esa fecha, por cada ejercicio

Para los fabricantes el calendario era distinto: tenían que tener sus programas adaptados con antelación para que los usuarios pudieran cumplir a tiempo. Si tu proveedor de software todavía no te ha dicho nada a estas alturas, pregúntale por escrito por su declaración responsable.

Lo detallamos para el caso del autónomo en Verifactu para autónomos.

06 · Cómo no tener ningún problema

La buena noticia es que evitar la sanción es barato. Esta es la lista que repasamos con clientes:

  1. Localiza la declaración responsable de tu programa. Guarda una copia con fecha. Es lo primero que te pediría un inspector.
  2. Actualiza. En programas de escritorio, la versión que cumple suele ser una actualización concreta. Tenerla comprada y no instalada no sirve.
  3. Revisa las integraciones. Tiendas online, TPV, plataformas de reservas o ERPs que emiten facturas por su cuenta también son sistemas de facturación. Cada uno tiene que cumplir, o tiene que delegar la emisión en uno que cumpla.
  4. Prohíbe tocar facturas emitidas. Un error se corrige con factura rectificativa o anulación, nunca editando o borrando. Explícalo al equipo de administración.
  5. Unifica. Cuantos menos programas emitan facturas, menos puntos que vigilar. Muchas pymes que facturan desde tres sitios lo resuelven centralizando la emisión en uno.

Si trabajas con Holded, Verifactu viene integrado y la puesta en marcha está explicada en Holded y Verifactu. Si estás eligiendo, la comparativa está en programas Verifactu. Y si tienes facturación conectada desde otras herramientas, automatizar Holded explica cómo hacer que todo acabe emitiéndose desde un único sistema adaptado.

07 · Errores que vemos y su riesgo

SituaciónRiesgo
Programa de escritorio sin actualizar desde 2024Alto: probablemente no cumple
Tienda online que genera sus propias facturasMedio: depende del plugin y de su fabricante
Script interno que «arregla» numeraciones en la base de datosAlto: es exactamente la alteración que sanciona la ley
Facturas en Word sin lógica añadidaBajo según la AEAT, pero poco práctico a partir de 2027
Programa en la nube con declaración responsable y Verifactu activadoBajo, si nadie modifica lo emitido

08 · Aviso de vigencia

El calendario en vigor es el del RD-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció su intención de aplazarlo a octubre de 2028, pero a la fecha de este artículo no hay norma en el BOE que lo haga, así que las fechas legales siguen siendo las de 2027. Un aplazamiento movería el momento en que se pueden poner las multas, no las cuantías, que están en la ley desde 2021. Seguimos los cambios en noticias de Verifactu, y la relación con la otra obligación que viene la contamos en Verifactu vs factura electrónica.

Este artículo es informativo y no sustituye el consejo de tu asesor fiscal. Como partner de Holded, revisamos qué programas emiten facturas en tu empresa y dejamos la facturación lista para Verifactu antes de la fecha que te toca. Habla con un partner de Holded →

09 · Preguntas frecuentes

¿Cuál es la multa por no cumplir Verifactu?

Para la empresa o el autónomo que usa un programa que no cumple, no está certificado o ha sido alterado, 50.000 € por cada ejercicio. Para quien fabrica o vende ese programa, 150.000 € por ejercicio y tipo de programa, más 1.000 € por cada copia vendida sin certificar. Lo fija el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.

¿Desde cuándo se pueden poner multas por Verifactu?

Desde que la obligación te es exigible: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos, según el RD-ley 15/2025. En 2026 es voluntario. Hacienda anunció en octubre de 2026 un posible aplazamiento a 2028, pero a la fecha de este artículo no está en el BOE.

¿Me pueden multar si mi programa de facturación no está adaptado?

Sí. La multa de 50.000 € por ejercicio es para quien tiene el programa, aunque el fallo sea del fabricante. Por eso conviene localizar la declaración responsable de tu programa y guardar una copia.

¿Facturar con Excel o Word tiene sanción con Verifactu?

La AEAT ha indicado que un procesador de texto o una hoja de cálculo usados como tales no se consideran sistema de facturación. Si la hoja tiene macros que numeran y guardan facturas, la situación es menos clara y lo prudente es pasarse a un programa adaptado.

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Llega a 2027 sin sustos.

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